La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó hoy al Senado votar en el periodo de sesiones en curso para designar a dos comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Además, aclaró por primera vez que los reemplazos programados de comisionados del INAI que terminan sus periodos de siete años ya tienen que estar nombrados cuando se genera la vacante.
El Pleno de la Corte aprobó la versión final de la sentencia en la que declara que el Senado ha incurrido en una omisión inconstitucional por no designar a los reemplazos de los comisionados Rosendo Monterrey, quien dejó el cargo en abril de 2022, y Francisco Javier Acuña, que salió en abril pasado.
El 13 de julio, el Pleno había desechado, por ocho votos contra tres, un proyecto de la Ministra Loretta Ortiz que rechazaba la omisión y justificaba la actuación del Senado, por lo que el caso fue returnado al Ministro Juan Luis González Alcántara, quien hoy presentó la nueva propuesta.
«La omisión existe, y esa omisión implica afectar derechos humanos (de acceso a la información y protección de datos personales)», afirmó hoy la Presidenta Norma Piña.
González Alcántara aclaró que la tercera vacante en el INAI, que dejó Oscar Guerra Ford en abril de 2022, no se puede llenar debido al amparo que promovió en marzo pasado Yadira Alarcón, designada por el Senado, pero vetada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.
La ausencia de tres de sus siete comisionados impidió al INAI sesionar y resolver recursos de revisión entre el 1 de abril y el pasado 23 de agosto, cuando la Segunda Sala de la Corte le concedió una suspensión para operar temporalmente con solo cuatro integrantes, pues el quórum legal es de cinco.
En la sentencia aprobada hoy, se incluyó un resolutivo que mantiene la autorización para sesionar con cuatro comisionados, durante el tiempo que tome tener por cumplido el fallo de la Corte en esta controversia constitucional, lo que puede tomar varios meses, o incluso prolongarse más allá de este sexenio.
Lo anterior, porque la Corte no tiene manera de ordenar el sentido del voto de cada senador, y se requiere mayoría calificada para los nombramientos, es decir, Morena y sus aliados pueden seguir rechazando propuestas.
Además, López Obrador, quien expresamente se ha pronunciado por eliminar al INAI, tiene la facultad discrecional de vetar cualquier nombramiento que le mande el Senado, lo que la Corte tampoco puede impedir con esta sentencia.