Académicos de la UNAM y la Ibero alertan sobre retroactividad y posibles afectaciones fiscales y de derechos humanos
Especialistas en derecho constitucional advirtieron que la reforma a la Ley de Amparo aprobada por el Senado de la República —con mayoría de Morena, el Partido del Trabajo y el Partido Verde Ecologista de México— podría violar la Constitución al introducir un artículo transitorio que permite su aplicación retroactiva, afectando derechos adquiridos de la ciudadanía.
De acuerdo con Rogelio Rodríguez Garduño, profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, dicha medida contraviene el Artículo 14 de la Constitución, que prohíbe explícitamente dar efecto retroactivo a una ley en perjuicio de persona alguna.
“Una ley nueva no puede aplicarse a situaciones pasadas; hacerlo violaría la propia Constitución. Si la reforma se aprueba también en la Cámara de Diputados, solo podrá aplicarse a hechos posteriores a su entrada en vigor”, señaló el académico en entrevista.
Incluso la presidenta Claudia Sheinbaum manifestó su desacuerdo durante su conferencia matutina, al reconocer que la retroactividad “viola la Constitución”.
Normalización de una práctica riesgosa
Por su parte, Luis Xavier Carrancá, abogado de la Clínica Jurídica Alaíde Foppa para Personas Refugiadas de la Universidad Iberoamericana, advirtió que esta decisión abre la puerta a que futuras reformas adopten también un carácter retroactivo, lo que podría poner en riesgo la certeza jurídica.
“Se está normalizando una práctica peligrosa que muestra el desdén del poder político hacia los derechos de la ciudadanía. Cambian las reglas del juego en medio del proceso, afectando expectativas, demandas y derechos ya establecidos”, explicó Carrancá.
Impactos fiscales y de derechos humanos
Los expertos coincidieron en que la reforma tendría repercusiones directas en el ámbito fiscal y financiero, especialmente en los casos de bloqueo de cuentas o congelamiento de bienes.
Rodríguez Garduño explicó que, de aprobarse en sus términos actuales, las personas afectadas ya no podrían solicitar un amparo inmediato, sino hasta la etapa final del proceso, cuando los bienes estén en remate.
“Esto podría perjudicar a ciudadanos comunes, pequeñas y medianas empresas o empresarios, pues se limita su derecho de defensa frente a actos arbitrarios”, apuntó.
Carrancá añadió que, bajo los nuevos criterios, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) podría mantener bloqueadas las cuentas de una empresa o persona física, permitiendo únicamente el acceso a un “mínimo vital” para cubrir gastos básicos como alimentos o vivienda, hasta que se resuelva el juicio principal.
“Las agresiones de la UIF en los últimos años han tenido un tono más político que jurídico. Si se restringe el amparo, se debilita uno de los principales instrumentos de protección frente a los abusos del poder”, advirtió.
El especialista concluyó que la reforma representa una “irresponsabilidad institucional”, pues no modifica el juicio fiscal, sino el juicio de protección de derechos humanos, afectando el acceso a la justicia de toda la población.