CONSTANCIA de Situación Fiscal no es obligatoria para timbrado de nómina, SAT

Javier Domínguez
28 de enero de 2026. Tuxtla Gutiérrez.

Ante la alta demanda de trámites al inicio de año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Chiapas aclaró que la Constancia de Situación Fiscal no es un requisito obligatorio para la emisión de comprobantes fiscales ni para el timbrado de nómina.

La administradora de Servicios al Contribuyente Chiapas Sur, Lorie Nayeli Juárez Mota, explicó que existe una confusión generalizada entre empleadores y trabajadores.

“Para facturar o timbrar nómina solo se requieren los datos fiscales completos: RFC, nombre o razón social, régimen fiscal y domicilio. La constancia no es obligatoria”, puntualizó.

Indicó que, en caso de que algún empleador insista en solicitarla como requisito, los trabajadores pueden presentar una queja a través del correo de denuncias del SAT.

Juárez Mota detalló que la elección del régimen fiscal depende exclusivamente de la actividad económica del contribuyente:

• Sin obligaciones fiscales, para trámites específicos o personas sin ingresos.
• Sueldos y Salarios, para empleados formales.
• Régimen Simplificado de Confianza (Resico), para pequeños negocios con ingresos menores a 3.5 millones de pesos anuales.
• Otros regímenes, como arrendamiento o servicios profesionales.

Agregó que el cambio de régimen puede realizarse en línea con la Firma Electrónica Avanzada (e.firma), la cual tiene una vigencia de cuatro años.

Para trámites presenciales se requiere identificación oficial vigente y comprobante de domicilio, mientras que la CURP se genera directamente en el sistema. El SAT exhortó a utilizar los servicios digitales en su portal oficial para evitar filas y facilitar los procesos.

“La meta es simplificar los trámites y garantizar que se respeten los derechos de los contribuyentes”, concluyó.

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