Ciudad de México, 05 NOV.-Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desecharon el proyecto de Luis González Alcántara Carrancá para invalidar parcialmente la reforma al Poder Judicial de la Federación.
La desestimación se debió a que se determinó que la mayoría calificada es de 8 votos y no de 6, por lo que no contaba con los votos suficientes para declarar inválidos parte de los cambios a la Constitución Mexicana relativos al Poder Judicial.
El proyecto de González Alcántara Carrancá planteaba invalidar la elección por voto popular de jueces y magistrados de Circuito, la remoción masiva de jueces y magistrados, el recorte salarial para jueces y magistrados en funciones, la inatacabilidad de sentencias del Tribunal de Disciplina, el régimen aplicable para los Poderes Judiciales Locales y la prohibición de suspender normas generales en juicio de amparo.
Pero tal como se mencionó, la invalidación propuesta era parcial, por lo que de haber sido aprobado el proyecto se habrían avalado las medidas de austeridad para futuros cargos, la extinción de fideicomisos, la creación del Tribunal de Disciplina, la creación de un Órgano de Administración, el establecimiento de plazos para resolver sentencias, así como la elección por voto popular de ministros de la SCJN, magistrados del Tribunal de Disciplina y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral.
La postura del ministro Alberto Pérez Dayán fue clave para desechar el proyecto, ya que su voto era necesario para alcanzar la mayoría calificada. Sin embargo, afirmó que la acción de incostitucionalidad era improcedente.