PAN espera que la SCJN frene la reforma judicial pese a la supremacía constitucional

Ciudad de México, 03 NOV.-Marko Cortés, dirigente nacional del Partido Acción Nacional (PAN), aseguró que la aprobación de la supremacía constitucional no debería impedir que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frene la reforma judicial.

«Confiamos en que este martes, la mayoría de los ministros de Suprema Corte de Justicia declararán inconstitucional dicha reforma», sostuvo.

En este sentido, enfatizó que la supremacía constitucional no elimina las impugnaciones a la reforma del Poder Judicial, y acusó que Morena no solo está utilizando su mayoría en el Congreso para aprobar leyes de manera apresurada, sino que ha iniciado una cacería de brujas contra jueces y ministros.

“Esta situación pone en peligro los derechos fundamentales y podría derivar en la destrucción del sistema democrático”, señaló el líder del blanquiazul.

«Estamos presenciando una política depredadora, infame y absolutista, donde solo una persona y un partido gobiernan, ignorando las instituciones y silenciando a la oposición», afirmó.

Expresó que Morena ha engañado al pueblo, buscando restringir sus derechos y libertades, sometiendo los poderes Legislativo y Judicial a los dictados del Ejecutivo.

«Concentrar todo el poder de la República en manos de una sola persona es condenar a México al fracaso como nación democrática», insistió.

¿Qué implica la supremacía constitucional?

La reforma de supremacía constitucional, también conocida como Ley Anti Amparo, plantea que las enmiendas a la Constitución aprobadas por el Congreso de la Unión no puedan ser impugnadas por la vía judicial.

Con lo anterior, la bancada oficialista impediría que iniciativas como la reforma al Poder Judicial sean invalidadas una vez que reciban el respaldo de dos terceras partes de las cámaras de Diputados y Senadores, así como la validación de al menos 17 congresos locales.

SCJN puede discutir la reforma judicial pese a la supremacía constitucional: especialistas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aún tiene facultades para discutir la reforma judicial, y en su caso, echar abajo algunas disposiciones de ésta, afirman especialistas en materia judicial consultados por El Sol de México.

Esto a pesar de que el Congreso de la Unión avaló una reforma impulsada por el bloque oficialista en el país para decretar que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”. Es decir, bajo esta reforma, ni la Corte ni ningún ente podría echar abajo o si quiera analizar una disposición constitucional, tal como lo es la reforma judicial.

No obstante, afirman juristas, el proceso judicial contra la reforma judicial comenzó en la SCJN previo a que se avalara esta reforma denominada de “supremacía constitucional”, por lo que aún hay posibilidad de que el Alto Tribunal discuta las modificaciones hechas al Poder Judicial de la Federación.

De acuerdo con el académico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Javier Martín Reyes, el segundo transitorio de la reforma de “supremacía constitucional”, donde se advierte que “los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en el presente Decreto”, mantiene una redacción ambigua, por lo que interpretativamente es posible para la Corte discutir la reforma judicial tal y como está planeado el próximo martes 5 de noviembre.

“Ese artículo (el segundo transitorio) puede interpretarse con el principio de irretroactividad de la ley, y que en consecuencia las impugnaciones que se hayan presentado contra reformas a la constitución, en particular las que está por discutir el Pleno de la Corte el martes, pues se tendrían que resolver con las reglas vigentes en ese momento y no con estas reglas que surgieron después de que se las impugnaciones”, indica el jurista.

El principio de la irretroactividad indica que las leyes y sus modificaciones aplican para el futuro, y no para el pasado; es decir, en el caso de la reforma judicial y su discusión en la Corte, esta modificación constitucional que presuntamente prohíbe impugnarla solo aplicaría en futuras ocasiones.

“Es un decreto muy inútil en el corto plazo porque creo que no debería impedir que la Corte analice la constitucionalidad de la reforma judicial”, explica Martín Reyes.

En esto coincide Luis Eliud Tapia, abogado y profesor de la Escuela Federal de Formación Judicial, que afirma que, en materia procesal, se debe terminar un proceso con las mismas reglas con las que empezó.

“Mientras esté el partido no se pueden cambiar las reglas, uno termina las reglas con las que empezó. Si a alguien se le ocurre que hay que cambiarlas, hay que terminar el partido. Y entonces el siguiente partido será con las reglas nuevas”, aseguró el académico.

El propio ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, autor del proyecto que discutirá la Corte sobre la reforma judicial, refirió en entrevista con Radio Fórmula que la supremacía constitucional no aplica para el asunto que analizó por ya no está en trámite.

«En el segundo transitorio se establece muy claramente que abarca todos los asuntos que se encuentren en trámite para la aplicación de esta reforma (…) nosotros tenemos la demanda, la admisión, la notificación, los plazos para contestar los informes justificados y ahí se cierra la instrucción, hay un acuerdo de cierre de instrucción y nosotros ya estamos con fecha fija para la instrucción de ese proyecto», dijo el ministro.

«Es un elemento adicional que podría darle a la Corte o a la mayoría una justificación para no aplicar la reforma de supremacía pese a que ese fue el objetivo de su promulgación», indicó Luis Tapia.

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