ICHEJA cumple con la normatividad federal

El Instituto Chiapaneco de Educación para Jóvenes y Adultos (Icheja), acorde a su compromiso institucional brinda puntual atención a las demandas de los trabajadores agremiados del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación para Adultos de la Sección 07 Chiapas (SNTEA).

La dependencia estatal señala que, respecto al pago de la Medida de Fin de Año, los lineamientos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de acuerdo con disposiciones fiscales vigentes, establecen que dicha entrega debe realizarse en monederos electrónicos, los cuales, los trabajadores de base y de confianza pueden usar en más de mil 300 establecimientos y tiendas de conveniencia para pagos de servicios y compras en línea, apegandose así a la normatividad del Gobierno Federal.

En relación con los ascensos escalafonarios y la ocupación de plazas vacantes, manifiesta que esta acción se rige a través de un reglamento de ingreso y promoción que determina el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), los cuales son dictaminados de acuerdo con perfiles y necesidades de servicio.

En ese sentido, el pasado 28 de junio de 2023 la SHCP a través del oficio 411/UPCP/2023/0700, notificó al INEA “que no se podrán formalizar contrataciones para la ocupación de plazas presupuestarias de carácter permanente, de carácter eventual y de prestación de servicios honorarios con cargo al capítulo de Servicios Personales a partir del 01 de julio de 2023”, razón por la cual esta notificación impidió al Icheja llevar a cabo los procesos de ingreso y promoción; se tiene previsto que en 2024 con el anuncio presupuestal y plantilla autorizada y dictaminaba por parte del INEA, se dé continuación a los precesos.

Asimismo, se aclara que el pago de primas de antigüedad por muerte y renuncia ya fueron pagadas en su totalidad del 8 al 12 enero de 2024, fecha acordada desde el 2023, dando así cumplimiento a esta demanda.

El Icheja seguirá cumpliendo y respetando los compromisos y obligaciones derivados del contrato colectivo de trabajo, siempre apegado a lo estipulado en la ley y en respeto a los derechos laborales.

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