Ciudad de México, 04 OCT.-El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó dar acceso público a las seis carpetas de investigación que la Fiscalía General de la República (FGR) abrió contra Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, acusado de presuntos delitos electorales.
Y es que luego del análisis del caso, el INAI resolvió que si bien en un principio resultaba procedente la clasificación como confidencial del pronunciamiento de la FGR sobre la existencia o no de carpetas de investigación iniciadas en contra de Pío López Obrador, ahora dicha confidencialidad es superada al existir interés público de conocer esta información.
Ante la orden del pleno del INAI dictada en sesión el 17 de agosto, López Obrador presentó el pasado 26 de septiembre una demanda de amparo, respecto a la cual la jueza Quinta de Distrito en Materia Administrativa, Sandra de Jesús Zúñiga, requirió aclarar si existe otra demanda sobre el mismo tema en un juzgado de amparo penal.
Si dicho amparo es admitido, la jueza concederá una suspensión para frenar la orden del INAI mientras se litiga el juicio.
El INAI ordenó abrir el caso luego de que el 10 de marzo de 2022, un particular presentó una solicitud de información pidiendo a la FGR la entrega de todas las carpetas de investigación abiertas y sus movimientos en contra de Pío López Obrador, Martín Jesús López Obrador, José Ramón López Beltrán y Felipa Obrador Olán.
En respuesta, la FGR argumentó que dicha información era confidencial por lo que se encontraba imposibilitada jurídicamente para pronunciarse sobre lo requerido, toda vez que se trataba de información que se ubica en el ámbito de lo privado y se encuentra protegida bajo la figura de la confidencialidad.
Afirmar o negar la existencia o inexistencia de alguna indagatoria, denuncia, averiguación previa o carpeta de investigación en contra de personas físicas identificadas o identificables, como es el caso de Pío López Obrador, atentaría contra la intimidad, honor, buen nombre y presunción de inocencia, expuso la FGR.
Al ordenar modificar la respuesta de la FGR, el INAI apuntó que el delito atribuido a Pío López «tiene implicaciones directas con la vida política del país, pues a través de las conductas que encuadran el tipo penal de referencia, se podría beneficiar de manera indebida y/o ilícita a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política, en detrimento de otro u otros partidos o asociaciones políticas y, consecuentemente, de los gobernados».
«Este organismo considera que se encuentra justificado el que se privilegie el derecho de acceso a la información en virtud del interés público de conocer si efectivamente se investigan las denuncias presentadas en contra de Pío López Obrador. En el mismo sentido, la difusión de la información requerida reviste un claro interés público, puesto que existe una necesidad colectiva de conocer y evaluar qué sucedió con las supuestas aportaciones a un partido en específico», apuntó el INAI.
Ya en abril de 2022, una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había frenado la orden girada a la FGR para que entregara al Instituto Nacional Electoral (INE) copias de la carpeta de investigación abierta por la difusión de un video donde se observó a Pío López Obrador recibir recursos de David León, entonces operador del gobierno de Chiapas, a cargo de Manuel Velasco.
La resolución del INAI se da también luego de que agosto de 2022, el presidente López Obrador anunció que enviaría una carta a la FGR solicitando informar lo que sabe del caso de su hermano Pío López Obrador.
Ocurre también después de que la FGR determinara que no citaría a comparecer al presidente López Obrador por el caso, al considerar que, por la investidura que representa, esto no procedía.