En medio de una inflación elevada que se tiene en el País, si alguna persona paga las colegiaturas de nivel preescolar hasta el bachillerato, puede deducir hasta 24 mil 500 pesos, muestra información del Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Las colegiaturas pagadas en escuelas privadas con validez oficial para los niveles preescolar, primaria, secundaria, bachillerato y profesional técnico son deducibles de impuestos, de acuerdo con la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Por colegiaturas para la educación preescolar, el nivel máximo de deducción es de 14 mil 200 pesos; primaria 12 mil 900 pesos; bachillerato o su equivalente 24 mil 500 pesos; y para el nivel profesional técnico es de 17 mil 100 pesos.
Estos gastos solamente podrán ser deducidos si fueron para colegiaturas de padres, hijos, cónyuge o concubina (o).
Una de las ventajas es que para el caso en el que en un mismo año fiscal se paguen colegiaturas de dos niveles escolares -lo que ocurra cuando un estudiante termina un nivel e inicia otro- se puede aplicar la deducción que resulte mayor, destacó Miguel Ángel Tavares, presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.
Además de las colegiaturas, el gasto en transporte escolar obligatorio en las escuelas privadas, también puede deducirse, apuntó.
La Ley de ISR explica que se puede deducir de impuestos siempre y cuando sea usado por los hijos del contribuyente, sea obligatorio en la escuela o bien, cuando el pago del mismo se incluya en el pago de la colegiatura.
Para poder realizar las deducciones, estos gastos se deben pagar mediante transferencia electrónica, pago con tarjeta de crédito o débito o cheque nominativo, ya que los pagos en efectivo no son admitidos para las deducciones, precisó Tavares.
Las deducciones por el pago de colegiaturas no se contemplan dentro de las deducciones personales, que están topadas al 15 por ciento del total de los ingresos anuales de un contribuyente, lo que es positivo, agregó.
Sin embargo, el pago del transporte escolar sí está dentro de ese tope.
Ambos gastos tanto de colegiaturas como de transporte se deben dar a conocer en la declaración anual de ISR correspondiente al año fiscal en el que se hayan realizado dichas operaciones.
Por otra parte, resaltó que pese a que estas deducciones son benéficas, los montos deducibles tienen cerca de 12 años sin actualizarse, pese a que los costos de las colegiaturas se han elevado.
Recordó que en diversas ocasiones, contadores y expertos han solicitado que se eleven estos montos.